Haciendo clic aquí descarga el contenido completo -versión PDF- de la nueva Ley Orgánica que reserva al Estado bienes y servicios conexos a las actividades primarias de hidrocarburos.
Los bienes y servicios a los que se refiere la reserva son:
1. De inyección de agua, de vapor o de gas, que permitan incrementar la energía de los yacimientos y mejorar el factor de recobro.
2. De compresión de gas.
3. Los vinculados a las actividades en el Lago de Maracaibo: Lanchas para el transporte de personal, buzos y mantenimiento; de barcazas con grúa para transporte de materiales, diesel, agua industrial y otros insumos; de remolcadores; de gabarras planas, boyeras, grúas, de ripio, de tendido o reemplazo de tuberías y cables subacuáticos; de mantenimiento de buques en talleres, muelles y diques de cualquier naturaleza.
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